sábado, 1 de diciembre de 2012

Duplicado Cédula de Identidad

El duplicado de licencia de conducir solo se realiza con la presentación de la cédula de identidad vigente, de acuerdo al artículo 13º de la Ley Nº 18.290 de Tránsito, Oficio DN ORD Nº 0979 del 09/11/2008 del Servicio de Registro Civil e Identificación y el ORD Nº 5483 del 09/12/2011 de la División Legal de la Subsecretaría de Transportes.

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