sábado, 1 de diciembre de 2012

Prófugos Ley Nº 20593 del 22/06/2012


La Ley

Artículo 9º: Los departamentos del tránsito municipales suspenderán el otorgamiento de las licencias de conductor o su renovación, a las personas que figuren con órdenes de detención pendientes en el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia, mientras dichas órdenes no hayan sido dejadas sin efecto.

Artículo 7º: Sólo podrán acceder a la información contenida en el Registro Nacional de Prófugos de la Justicia, las siguientes instituciones:

8) Los organismos públicos a que se refieren los artículos 9º y 10, para los fines allí previstos y en la forma señalada en dichos artículos.

Las personas o instituciones señaladas en el número 8), tendrán acceso limitado al Registro Nacional de Prófugos de la Justicia, pudiendo únicamente ser informados sobre el hecho de encontrarse una persona determinada incorporada en éste. Dichas instituciones podrán acceder al Registro para el solo efecto del trámite que se realiza.

Un Problema Práctico

Este nuevo requisito implica que previo a la calificación de la idoneidad moral, que es el primer paso en la tramitación de licencias de conducir, se debe verificar si el contribuyente se encuentra en el registro de prófugos. Esto es, como buscar una aguja en un pajar.

Pues bien, la ley se encuentra vigente pero el mecanismo para consultar no. El Servicio de Registro Civil e Identificación ha improvisado a través de una planilla EXCELL (AG ORD Nº 1498 del 24/09/2012), en la cual se debe digitar cada RUN arrojando el resultado de la búsqueda. Esto significa agregar más tiempo al sistema de atención de público, pero hay más.

En un inicio se consultaba solo en una planilla, luego vamos en dos planillas, en la cual se debe ingresar a cada una la consulta del RUN, por tanto, la demora se multiplica por dos.

La norma establece que, si somos afortunados, detectaremos a un prófugo y debemos detener el proceso, esperamos que no nos asigne el llamar a las policías también.

Esperamos que la modernidad reine y que se elimine el mecanismo de la "planillita" y se incorpore una glosa en la hoja de vida de conductor donde aparezca que es prófugo o no, y santo remedio.

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