Determinada empresa de capacitación (V), ha señalado que para los efectos de rendir los exámenes prácticos, no procede exigir la documentación vigente de los vehículos. A fin de corregir este grave error, se emitió el ORD DTTP Nº 5390 a la División Legal de la Subsecretaría de Transportes, respondiendo mediante ORD Nº 2927 del 08/07/2008 que "...aquellos vehículos que son presentados en las Municipalidades para rendir exámenes prácticos deben cumplir con la normativa vigente aplicable."
Esto en referencia a los artículo 6º, 45º y 94º de la Ley Nº 18.290.
Por tanto, se corrige el error generado por la empresa de capacitación, y se informa a los colegas que deben exigir la documentación vigente de los vehículos previo al inicio de los exámenes.
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